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El inventario de alumbrado público y lo que exige el Reglamento de eficiencia energética

El alumbrado público de un municipio es una instalación eléctrica con obligaciones propias. El Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, aprobado por el Real Decreto 1890/2008, exige al titular de una instalación comprendida en su ámbito de aplicación que disponga de un registro fiable de sus componentes. En la práctica, ese registro es lo que se conoce como inventario de alumbrado público, aunque el Reglamento no use esa palabra.

Captura de QGIS con el inventario de puntos de luz de un proyecto de alumbrado público

Qué exige el Reglamento sobre el mantenimiento y el registro de componentes

El artículo 12 regula el mantenimiento de la eficiencia energética. El titular debe mantener la instalación en buen estado de funcionamiento, llevar un registro de las operaciones de mantenimiento, contar con un plan de mantenimiento que incluya la reposición de lámparas, la limpieza de luminarias y las mediciones eléctricas, y analizar al menos una vez al año los consumos y su evolución.

El apartado 5 es el que afecta al inventario. Exige disponer de «un registro fiable de sus componentes incluyendo las lámparas, luminarias, equipos auxiliares, dispositivos de regulación del nivel luminoso, sistemas de accionamiento y gestión centralizada, cuadros de alumbrado, etc.». El texto no impone un formato ni habla de georreferenciación o de GIS. Lo que pide es que sea fiable, es decir, que cada elemento registrado exista, esté donde dice el registro y coincida con lo que hay en la calle.

A qué instalaciones se aplica

Según el artículo 2, el Reglamento se aplica a las instalaciones de alumbrado exterior de más de 1 kW de potencia instalada. Alcanza a las instalaciones nuevas y a sus modificaciones y ampliaciones. Las anteriores a su entrada en vigor, en abril de 2009, quedan dentro cuando sufren una modificación de importancia, entendida como la que afecta a más del 50 % de la potencia o de las luminarias instaladas, o cuando la Administración competente lo considera necesario a partir de un estudio de eficiencia energética.

La obligación, por tanto, no recae por igual sobre todo el alumbrado de un municipio. Depende de la antigüedad y de las actuaciones realizadas en cada instalación. Un ayuntamiento con una red que mezcla instalaciones de distintas épocas necesita comprobar cuáles están dentro del ámbito del Reglamento. El texto consolidado del BOE sigue vigente, con la última modificación de la ITC-EA-01 en vigor desde el 1 de enero de 2023 (consultado en octubre de 2026).

Qué hace fiable un inventario de alumbrado público

Un registro es fiable cuando se ha contrastado con la realidad. Para lograrlo, la captura se hace en campo con GPS/GNSS de alta precisión y tablets con QField o ArcGIS Field Maps y, en proyectos de mayor escala, con dron. Cada dato se cruza después con fuentes oficiales como el Catastro, el Callejero Digital Unificado, OpenStreetMap, Cartociudad y el IGN, y pasa por la revisión de un técnico antes de darse por bueno. Del proceso salen entregables en SHP, GeoJSON o DWG, junto con un informe técnico con estadísticas del estado de cada punto. Es el trabajo que cubre un inventario GIS de alumbrado.

En un proyecto reciente en Guadalajara, el inventario de partida facilitado por el contratante incluía luminarias situadas en posiciones que no coincidían con las reales. Al contrastarlo con la captura en campo, esas luminarias aparecían desplazadas respecto a su ubicación en la calle. Un registro con puntos mal situados arrastra ese error a cualquier plan de mantenimiento o análisis de consumos que se base en él.

El método también se aplica a redes grandes, como la actualización de un inventario de 94.000 puntos de luz en Madrid.

Cuando la extensión de la red lo pide, la captura puede hacerse con Mobile Mapping. Cámaras 360° y LiDAR montados en un vehículo registran miles de puntos a velocidad de circulación, sin detenerse en cada luminaria, algo útil en vías de tráfico intenso como la M30 de Madrid.

Del inventario al plan de mantenimiento

El plan de mantenimiento y el registro de operaciones del artículo 12 necesitan un punto de partida. Saber qué luminarias hay, de qué tipo son, dónde están y en qué estado permite programar las reposiciones y las limpiezas con criterio y priorizar qué puntos se revisan primero. Sin ese punto de partida, el mantenimiento tiende a depender de avisos y de recorridos generales.

Del inventario al análisis de consumos

El análisis anual de consumos del artículo 12 solo permite detectar desviaciones si se sabe qué hay instalado. Ocurre lo mismo con un plan de renovación a LED o con una auditoría energética, que necesitan conocer qué luminarias existen, de qué tipo son y con qué antigüedad. Sin ese dato se corre el riesgo de renovar zonas completas sin saber qué puntos aportan más ahorro.

El inventario responde a qué luminarias hay y en qué estado están. Comprobar si la luz que llega a la calle cumple los niveles exigidos es otro trabajo, el de GEOLUMEN, la herramienta de medición dinámica de alumbrado de FISOTEC, que mide desde un vehículo en movimiento los niveles de iluminancia y luminancia a lo largo de la vía. Un ayuntamiento que cruza ambos datos sabe qué puntos cambiar primero y en qué calles verificar la iluminación antes de firmar un proyecto de renovación.

Preguntas frecuentes sobre el inventario de alumbrado público

¿Es obligatorio tener un inventario de alumbrado público?

El Reglamento no usa el término inventario, pero su artículo 12.5 exige un registro fiable de los componentes de las instalaciones de alumbrado exterior que entran en su ámbito de aplicación. Ese registro es, en la práctica, el inventario. Para las instalaciones que quedan fuera de ese ámbito, la obligación no deriva del Reglamento y puede venir de los pliegos de los contratos de mantenimiento o de una decisión de la propia administración.

¿Qué debe incluir el registro de componentes?

Según el artículo 12.5, las lámparas, las luminarias, los equipos auxiliares, los dispositivos de regulación del nivel luminoso, los sistemas de accionamiento y gestión centralizada y los cuadros de alumbrado. Un registro georreferenciado añade la ubicación exacta de cada elemento, lo que permite cruzarla con mapas y fuentes oficiales.

¿Tiene que ser un inventario GIS?

El Reglamento no lo exige. Un inventario GIS aporta la posición de cada elemento sobre un mapa, la posibilidad de validarla con fuentes oficiales y una base de datos en la que consultar, actualizar y analizar el estado de la instalación.

Qué exige el Reglamento sobre el mantenimiento y el registro de componentes

El artículo 12 regula el mantenimiento de la eficiencia energética. El titular debe mantener la instalación en buen estado de funcionamiento, llevar un registro de las operaciones de mantenimiento, contar con un plan de mantenimiento que incluya la reposición de lámparas, la limpieza de luminarias y las mediciones eléctricas, y analizar al menos una vez al año los consumos y su evolución.

El apartado 5 es el que afecta al inventario. Exige disponer de «un registro fiable de sus componentes incluyendo las lámparas, luminarias, equipos auxiliares, dispositivos de regulación del nivel luminoso, sistemas de accionamiento y gestión centralizada, cuadros de alumbrado, etc.». El texto no impone un formato ni habla de georreferenciación o de GIS. Lo que pide es que sea fiable, es decir, que cada elemento registrado exista, esté donde dice el registro y coincida con lo que hay en la calle.

A qué instalaciones se aplica

Según el artículo 2, el Reglamento se aplica a las instalaciones de alumbrado exterior de más de 1 kW de potencia instalada. Alcanza a las instalaciones nuevas y a sus modificaciones y ampliaciones. Las anteriores a su entrada en vigor, en abril de 2009, quedan dentro cuando sufren una modificación de importancia, entendida como la que afecta a más del 50 % de la potencia o de las luminarias instaladas, o cuando la Administración competente lo considera necesario a partir de un estudio de eficiencia energética.

La obligación, por tanto, no recae por igual sobre todo el alumbrado de un municipio. Depende de la antigüedad y de las actuaciones realizadas en cada instalación. Un ayuntamiento con una red que mezcla instalaciones de distintas épocas necesita comprobar cuáles están dentro del ámbito del Reglamento. El texto consolidado del BOE sigue vigente, con la última modificación de la ITC-EA-01 en vigor desde el 1 de enero de 2023 (consultado en octubre de 2026).

Qué hace fiable un inventario de alumbrado público

Un registro es fiable cuando se ha contrastado con la realidad. Para lograrlo, la captura se hace en campo con GPS/GNSS de alta precisión y tablets con QField o ArcGIS Field Maps y, en proyectos de mayor escala, con dron. Cada dato se cruza después con fuentes oficiales como el Catastro, el Callejero Digital Unificado, OpenStreetMap, Cartociudad y el IGN, y pasa por la revisión de un técnico antes de darse por bueno. Del proceso salen entregables en SHP, GeoJSON o DWG, junto con un informe técnico con estadísticas del estado de cada punto. Es el trabajo que cubre un inventario GIS de alumbrado.

En un proyecto reciente en Guadalajara, el inventario de partida facilitado por el contratante incluía luminarias situadas en posiciones que no coincidían con las reales. Al contrastarlo con la captura en campo, esas luminarias aparecían desplazadas respecto a su ubicación en la calle. Un registro con puntos mal situados arrastra ese error a cualquier plan de mantenimiento o análisis de consumos que se base en él.

El método también se aplica a redes grandes, como la actualización de un inventario de 94.000 puntos de luz en Madrid.

Cuando la extensión de la red lo pide, la captura puede hacerse con Mobile Mapping. Cámaras 360° y LiDAR montados en un vehículo registran miles de puntos a velocidad de circulación, sin detenerse en cada luminaria, algo útil en vías de tráfico intenso como la M30 de Madrid.

Del inventario al plan de mantenimiento

El plan de mantenimiento y el registro de operaciones del artículo 12 necesitan un punto de partida. Saber qué luminarias hay, de qué tipo son, dónde están y en qué estado permite programar las reposiciones y las limpiezas con criterio y priorizar qué puntos se revisan primero. Sin ese punto de partida, el mantenimiento tiende a depender de avisos y de recorridos generales.

Del inventario al análisis de consumos

El análisis anual de consumos del artículo 12 solo permite detectar desviaciones si se sabe qué hay instalado. Ocurre lo mismo con un plan de renovación a LED o con una auditoría energética, que necesitan conocer qué luminarias existen, de qué tipo son y con qué antigüedad. Sin ese dato se corre el riesgo de renovar zonas completas sin saber qué puntos aportan más ahorro.

El inventario responde a qué luminarias hay y en qué estado están. Comprobar si la luz que llega a la calle cumple los niveles exigidos es otro trabajo, el de GEOLUMEN, la herramienta de medición dinámica de alumbrado de FISOTEC, que mide desde un vehículo en movimiento los niveles de iluminancia y luminancia a lo largo de la vía. Un ayuntamiento que cruza ambos datos sabe qué puntos cambiar primero y en qué calles verificar la iluminación antes de firmar un proyecto de renovación.

Preguntas frecuentes sobre el inventario de alumbrado público

¿Es obligatorio tener un inventario de alumbrado público?

El Reglamento no usa el término inventario, pero su artículo 12.5 exige un registro fiable de los componentes de las instalaciones de alumbrado exterior que entran en su ámbito de aplicación. Ese registro es, en la práctica, el inventario. Para las instalaciones que quedan fuera de ese ámbito, la obligación no deriva del Reglamento y puede venir de los pliegos de los contratos de mantenimiento o de una decisión de la propia administración.

¿Qué debe incluir el registro de componentes?

Según el artículo 12.5, las lámparas, las luminarias, los equipos auxiliares, los dispositivos de regulación del nivel luminoso, los sistemas de accionamiento y gestión centralizada y los cuadros de alumbrado. Un registro georreferenciado añade la ubicación exacta de cada elemento, lo que permite cruzarla con mapas y fuentes oficiales.

¿Tiene que ser un inventario GIS?

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¿Tienes un proyecto de inventario o digitalización de infraestructuras?

Cuéntanos qué necesitas y te responderemos en menos de 24 horas.

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